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28 AÑOS DE CÁRCEL PARA HOMBRE QUE MATÓ A TRABAJADORA SEXUAL

El Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua en la región de O’Higgins, dictó la primera condena por el delito de femicidio no íntimo del país. Un delito que contempla todo asesinato que se realiza por razones de género, sin importar si el victimario y la víctima mantenían alguna clase de relación.


Lorenzo Andrés Osorio Ayala fue sentenciado a 18 años de cárcel como autor del delito consumado de femicidio no íntimo, a otros 10 años por incendio en lugar habitado, y a 61 días de reclusión como autor de dos delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar y amenazas no condicionales.


Al cabo del juicio, el tribunal dio por establecido que alrededor de las 18:30 horas del 5 de julio de 2020, Osorio Ayala concurrió al domicilio de la víctima, quien ejercía el comercio sexual. Un par de horas más tarde se inició una discusión, "posiblemente por el pago de los servicios", y el sujeto comenzó a propinar golpes de puño en la cara de la mujer.

Un tercero que acompañaba a Osorio intentó detener la agresión, pero fue también agredido, así que huyó del lugar.

Luego, el asesino tomó un elemento cortopunzante con el que agredió a la víctima en diversas partes, incluyendo dos estocadas en el tórax, que fueron mortales.


Según el último informe publicado por la Red Chilena Contra la Violencia hacia Mujeres, en el 2022 se identificó un total de 56 femicidios, de los cuales dos de ellos corresponden a femicidios no íntimos, sin embargo, ambos delitos fueron sobrellevados como homicidios.


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