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ASÍ SERÁN LOS SELLOS Y REGLAS SEGÚN EL NUEVO REGLAMENTO DE ETIQUETADO DE ALCOHOLES

En julio del presente año se publicó el reglamento de la nueva ley de etiquetado de alcohol, la cual establece nuevas normas sobre la rotulación y publicidad de bebidas alcohólicas.


Es así que a partir del 7 de julio del 2024 las bebidas alcohólicas tendrán que llevar en su envase una advertencia sobre los riesgos y consecuencias del consumo de alcohol, en especial para la población de riesgo como conductores, menores de edad y embarazadas. 


Este reglamento, detallado en el Diario Oficial, establece pautas en cuanto a la nueva rotulación y publicidad de bebidas alcohólicas. Se busca no solo informar a los consumidores sobre los riesgos asociados con el consumo de alcohol, sino también regular la promoción de estos productos.


De acuerdo a lo que señala el Manual de Normas Gráficas para Mensajes y Gráficas de Advertencia y Valor Energético de Bebidas Alcohólicas, los productos que tengan igual o mayor a 0.5 grados y que se encuentran comercializadas en Chile, deberán contener las siguientes etiquetas:


  • “No beber al conducir” (con un dibujo tachado de un automóvil).

  • “Riesgo para tu bebé” (con un dibujo tachado de una mujer embarazada bebiendo).

  • “No beber menores de 18 años” (con un dibujo tachado que indica “-18″).


Además, cada producto tendrá la frase “el consumo nocivo de alcohol daña tu salud”, con la palabra ADVERTENCIA, con mayúsculas. La misma advertencia deberá incluirse en las cajas o embalajes de carácter promocional destinadas al consumidor. Por ejemplo, la caja de cartón que contiene el "six pack" de las cervezas.


Las bebidas alcohólicas no podrán colocar estas etiquetas en collarines o en huinchas promocionales fácilmente descartables. Además, deberán rotular las calorías con las que cuentan.


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