La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió este miércoles 22 de junio, el recurso interpuesto en contra de la Universidad de Magallanes (estatal) por condicionar la entrega de grado académico (titulación) a una estudiante de Derecho, al pago de su deuda de aranceles.
En fallo unánime, acogió la acción tras establecer el actuar ilegal de la casa de estudios, al sobreponer las normas administrativas del establecimiento al derecho fundamental a la educación garantizado en la actual Constitución Política, que recoge la Ley General de Educación.
“Que, el contrato de prestación de servicios educacionales se encuentra regulado por la Ley N° 20.370 Ley General de Educación, cuyo artículo 3º, inciso primero, dispone que: ‘El sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes y, en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza’. Asimismo, el artículo 4º señala que: ‘La educación es un derecho de todas las personas’, lo cual guarda armonía con el derecho fundamental a la educación garantizado en el artículo 19 Nº 10 de la Constitución Política de la República”, indica el fallo.
Por todo lo anterior, se resolvió que la citada casa de estudios deberá permitir a la demandante completar su proceso de titulación, siempre que reúna los requisitos correspondientes, no pudiendo condicionar la titulación al pago o garantía de obligación alguna, en particular, por concepto de deuda por arancel.