La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este miércoles, luego de siete años en el Congreso, la ley por el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, más conocida como Ley Integral contra la violencia, y será promulgada en el Diario Oficial.
El proyecto de ley busca mejorar las medidas de protección, dar seguimiento a las víctimas, fortalecer el rol de representación jurídica del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género, establecer un sistema de gestión para acompañar a las víctimas durante todo el proceso, y limitar la posibilidad de que los femicidas hereden los bienes y recursos de sus víctimas.
Tras siete años desde su ingreso al Congreso y encontrándose en su segundo trámite constitucional, el proyecto obtuvo 25 votos a favor en la última sesión, quedando listo para su discusión, hoy 6 de marzo, en la Cámara Baja.
Sin embargo, la aprobación no estuvo exenta de controversia, ya que solo senadores de oposición rechazaron su avance. Entre ellos se encuentran Carmen Gloria Aravena (Republicana), Juan Antonio Coloma, José Miguel Durana, Luz Ebensperger, Javier Macaya y Enrique Van Rysselberghe de la UDI, Carlos Kuschel (RN), y Rojo Edwards (IND). Por su parte, tres parlamentarios se abstuvieron.
De acuerdo con la norma, esta regula “los mecanismos de prevención, protección, atención, reparación y de acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia”. Lo anterior, teniendo en cuenta las diversas situaciones de “vulnerabilidad” o “discriminaciones” que puedan ocurrir.
Además, una vez promulgada, la ley permitirá mejorar la fiscalización de las medidas cautelares y establecer un mecanismo de supervisión judicial para garantizar su cumplimiento y pertinencia. Junto con ello, se ampliarán las medidas cautelares a delitos y agresiones que ocurran fuera de relaciones filiales, afectivas o de convivencia.
Junto con lo anterior, se deberá otorgar a las víctimas acceso a los servicios de salud física y mental. Además, los órganos del Estado tendrán la obligación de informarles sobre la red de servicios estatales en violencia de género disponibles y “registrar, realizar y dar seguimiento a las derivaciones”.
Por último, los entes públicos “deberán asegurar el acceso a la información de las víctimas sobre sus derechos; adoptar medidas de seguridad y resguardo de las víctimas”, describe el texto.
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