El Tribunal Constitucional declaró inadmisible el recurso de la defensa de Martín Pradenas Dürr, que buscaba dejar sin efecto la condena de 17 años de presidio impuesta por el Tribunal Oral Penal de Temuco, tras el segundo juicio en su contra.
La Tercera consignó que tres de los cuatro ministros de la sala rechazaron el requerimiento de nulidad de esta condena, vinculada con cuatro delitos de abuso sexual de mayor de 14 años, dos delitos de violación de mayor de 14 años y uno de abuso sexual de menor de 14 años o impropio.
El recurso de la Defensoría Penal Pública buscaba que se dictara inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 387 del Código Procesal Penal, que impide a esta parte interponer un requerimiento de nulidad en contra de la sentencia.
“Se vulnera el debido proceso y el derecho a defensa, al impedir que un tribunal superior revise esa sentencia”, argumentaron los defensores.
Con esto, se mantiene la sentencia única de 17 años de cárcel contra el sujeto, por siete delitos sexuales cometidos entre noviembre de 2010 y septiembre de 2019 en perjuicio de seis personas.
Por otro lado, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo de la defensa para evitar el traslado de Pradenas a la Cárcel de Valdivia, ordenando que permanezca en el penal de Nueva Imperial mientras se resuelven otras acciones pendientes.
Cabe recordar que Martín Pradenas consiguió anular el primer juicio en su contra, que lo condenó a 20 años de presidio, debido al recurso de nulidad presentado por falta de imparcialidad, debido a unos posteos en redes sociales por parte del juez redactor de la causa.
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