Este sábado, en horas de la tarde, se reportó la muerte del hombre que fue apuñalado tras ser acusado de violar a sus perros en Valparaíso.
El hombre, con residencia en el cerro Las cañas de la ciudad puerto, había sido denunciado en reiteradas ocasiones por los abusos sexuales en contra de sus perritos, siendo la última vez captado en video por sus vecinos la madrugada del martes 24 de septiembre, mismo día en que una fundación de bienestar animal viralizó los videos en redes sociales, dando cuenta del repudiable acto en contra de estas mascotas.
Sin embargo, la jornada del miércoles, cuando el caso llegó hasta las autoridades y tras el retiro de las mascotas desde la vivienda del presunto agresor, éste no resultó detenido y se le vio transitando por su vecindario, hecho que fue aprovechado por desconocidos, quienes lo apuñalaron en el tórax y extremidades.
Según información preliminar, el acusado habría muerto producto de un paro cardíaco, asociado a las múltiples heridas que tuvo tras ser atacado.
Frente a casos como este, la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, también conocida como “Ley Cholito”, introdujo mejoras al respecto en el Código Penal.
Este artículo 291 bis. del Código Penal expone lo siguiente:
“El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última”.
“Si como resultado de una acción u omisión se causare al animal daño, la pena será presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales, además de la accesoria de inhabilidad absoluta perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales”.
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