Este domingo 7 de mayo se efectuarán las elecciones de los consejeros constitucionales, integrantes del futuro Consejo Constitucional. No obstante, estos comicios contemplan el voto obligatorio para toda persona mayor de 18 años, por este motivo las personas que no asistan a sus locales de votación podrán recibir multas.
Según detalla el Servel, el elector que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales. Esto equivale a $31.537 y $189.222, respectivamente, según los valores de la UTM de mayo.
La legislación chilena señala que no recibirán la sanción anteriormente mencionada aquellos ciudadanos que hayan dejado de cumplir su obligación por:
Enfermedad.
Ausencia del país.
Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encuentre registrado su domicilio electoral. Únicamente en este caso se acredita ante del Juez de Policía local presentando un comprobante de la constancia ante Carabineros realizada el día del Plebiscito.
Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente.
Asimismo, quienes asistan a su local de votación, podrán hacerlo con su cédula de identidad o pasaporte vencidos a contar del 1 de enero de 2020, explicó Servel.
Por lo mismo, el Presidente del Servel, Andrés Tagle, mencionó el viernes pasado que “solo la cédula de identidad y el pasaporte son documentos válidos para votar, ningún otro documento. Tampoco el certificado de cédula de identidad en trámite, ni la licencia de conducir”.
En caso de extraviar el carnet, “el elector puede usar su pasaporte, si tampoco lo tuviese no podrá sufragar. Igualmente deberá dejar constancia de la pérdida o extravío en Carabineros o en el sitio web del Registro Civil e Identificación con el fin de acreditarlo”, informó Servel.