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TRICEL SUSPENDE A ALCALDE JORGE SHARP DE SUS FUNCIONES POR UN MES

Este martes el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) decidió suspender de sus funciones por 30 días al alcalde de Valparaíso, Jorge Sharp, luego de acoger el requerimiento de concejales y exconcejales respectos a posibles irregularidades en la Corporación Municipal de Valparaíso para el Desarrollo Social (Cormuval).


Durante este tiempo, determinó el Tricel, Sharp tendrá derecho al goce del 50% de sus remuneraciones "y no podrá hacer uso de los derechos y prerrogativas inherentes al cargo".

Lo anterior, por considerar que el jefe comunal incurrió en un abandono de deberes, según denunciaron concejales.


Según el documento del Tricel, el requerimiento fue presentado por concejales de la comuna de Valparaíso, en que se “denuncian varios hechos que habrían ocurrido en la Corporación Municipal de Valparaíso para el Desarrollo Social, y, también, en el seno de la misma municipalidad, durante el primer mandato edilicio del alcalde de esa comuna, esto es, desde el 6 de diciembre de 2016 al 28 de junio de 2021, por estimarse que configuran ambas o una de las causales de remoción por notable abandono de deberes y/o contravención grave al principio de probidad”.


Por lo mencionado anteriormente, es que “se le aplica a don Jorge Sharp Gajardo la sanción de suspensión del ejercicio de su cargo de Alcalde de la comuna de Valparaíso, por el término de un mes, contado desde la notificación de la sentencia que realice el Tribunal Electoral de la Región de Valparaíso. Durante el tiempo de la suspensión del cargo, el requerido tendrá derecho al goce del 50% de sus remuneraciones y no podrá hacer uso de los derechos y prerrogativas inherentes al cargo“, indica el documento del Tricel.

Eso sí, el Tricel aclaró que los argumentos presentados no son suficientes para la destitución de Jorge Sharp. “Si bien se han constatado irregularidades administrativas en la Corporación Municipal de Valparaíso para el Desarrollo Social, que dan lugar a la responsabilidad administrativa del alcalde requerido, carecen de la entidad suficiente para hacer procedente su destitución”.


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